El Consejo Asesor del LABI presidido por el lehendakari y atendiendo a las recomendaciones científico-sanitarias del Dictamen de la Comisión Técnica de LABI y al Plan Biziberri III, ha decidido dar luz verde a una modificación del Decreto en vigor para reforzar las medidas preventivas. En una comparecencia posterior, el Lehendakari ha argumentado que esta decisión está basada en las recomendaciones científico-sanitarias del Dictamen de la Comisión Técnica de LABI:
MEDIDAS
Se han incorporado cuatro modificaciones que afectarán a municipios con Tasa de Incidencia Acumulada en 14 días superior a 400 por cada 100.000 habitantes.
En estas localidades se determinará el cierre municipal perimetral, permitiendo el tránsito a municipio colindante para la realización de compras y la práctica de actividad física al aire libre.
Se aplicará también un cierre perimetral de Territorio Histórico si, en el conjunto del mismo, se supera esa Tasa de 400 por 100.000 habitantes.
Los establecimientos de hostelería y restauración que se encuentren en estas localidades deberán reducir su horario de atención al público en interiores de las 06:30h hasta las 9:30h.; y de 13:00h a 16:30h. Los locales de juego y apuestas sólo podrán prestar en su interior servicios de hostelería en las mismas franjas.
La práctica de actividad deportiva en interior, salvo la que afecte a entrenamientos y competiciones de equipos profesionales y federados, no deberá superar agrupaciones de 4 personas. En estas localidades se determina el cierre de vestuarios y duchas en instalaciones deportivas, salvo en piscinas, donde se permite su uso con un 35% de su aforo máximo y la utilización individual de duchas. En este caso, se han adelantado de forma preventiva algunas de las previsiones del Plan Bizi Berri III por focos detectados en estos ámbitos.
El Departamento de Salud divulgará cada lunes, y caso de que coincidiese con festivo, el siguiente día laborable, una resolución de la Directora de Salud Pública y Adicciones con la relación de municipios y Territorios Históricos que superen las Tasas y parámetros fijados. La primera resolución se producirá mañana sábado y tendrá efectos a partir de las 00.00h del lunes 29 de marzo. Dadas las fechas festivas de Semana Santa, la segunda resolución se publicará el martes 6 de abril y surtirá efecto a partir del día siguiente.
Por último, se modifica el artículo 3 del Decreto sobre permanencia de grupos de personas para trasponer el acuerdo del Consejo Interterritorial del Salud. De este modo, se determina que entre el 26 de marzo y el 9 de abril, la permanencia de grupos de personas en espacios privados se limitará a convivientes.
EVOLUCIÓN DE INDICADORES
Las decisiones adoptadas atienden las recomendaciones científico-sanitarias del Dictamen de la Comisión Técnica de LABI. Responden también a las previsiones establecidas en el Plan Bizi Berri III para tasas de incidencia superiores a 400 sobre 100.000 habitantes.
Además, se ha valorado la evolución de tres indicadores a lo largo de estos últimos días:
-Uno: cambio de tendencia.
La evolución de los datos de los últimos días ha situado a Euskadi en el Escenario Nivel 3 de Transmisión Tensionada, con una clara tendencia al alza.
-Dos: presión hospitalaria.
La ocupación de camas UCI es alta y sigue creciendo. Además, hemos iniciado esta etapa de incremento de casos desde un suelo más alto que en anteriores ocasiones.
-Tres: variante británica.
La principal preocupación es su prevalencia y sus efectos tanto en Euskadi como en otras Comunidades Autónomas y en algunos países de nuestro entorno. Además, han aparecido los primeros casos en Euskadi de las variantes brasileña y sudafricana.
Atendiendo estas razones, el criterio de actuación acordado en el Consejo Asesor de LABI, ha sido mantener todas las previsiones establecidas en el Plan Bizi Berri III y, además, contemplar medidas de respuesta ante una previsible intensificación de la tendencia al alza.