El decreto del Gobierno Central del 29 de marzo dispone que las
comunidades autónomas y entidades locales quedan habilitados para dictar las
instrucciones y resoluciones que sean necesarias
En consecuencia, el Ayuntamiento de Portugalete emite el siguiente BANDO DE ALCALDÍA:
Primero.- Serán considerados como esenciales los siguientes servicios:
– La actividad del Cuerpo de Policía Local.
– El servicio que prestan los/as Vigilantes de Ordenanzas Municipales.
– El servicio que prestan los/as Informadores/as Cívicas.
– Un/a conserje/ordenanza en la Casa Consistorial.
– Un/a Administrativo/a de Registro.
– Un/a Administrativo/a de Padrón.
– El servicio de la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía.
– La atención a las personas usuarias de los Servicios Sociales.
– Servicio de guardia del Parque Móvil, adscrito al Área de Obras y
Mantenimiento.
– El Cementerio Municipal, que atenderá las necesidades que surjan.
– El servicio de limpieza viaria y de dependencias municipales.
– El servicio de jardinería.
Segundo.- El horario de atención presencial al público en la Casa Consistorial será de
9.00 a 13.00 horas de lunes a viernes, salvo festivos.
Tercero.- El horario de atención presencial de la Oficina de Información y Atención a la
Ciudadanía será de 15.30 a 19.30 horas los martes y jueves previa cita telefónica. Los
días lunes, miércoles y viernes la atención será exclusivamente telefónica.
Cuarto.- La atención del resto de servicios municipales se realizará de forma telefónica
y/o telemática en los supuestos en que sea posible.
Quinto.- Todas las medidas anteriores se adoptan sin perjuicio del seguimiento de
las recomendaciones preventivas efectuadas por las Autoridades Sanitarias en materia
de higiene.
Sexto.- Todas las personas empleadas, en caso de que surja una necesidad que deba ser
atendida durante la vigencia de estas medidas, quedarán a disposición del/a responsable,
Concejal/a delegado/a o Alcalde para acudir a prestar el servicio público
correspondiente.
Séptimo.- Las presentes medidas entrarán en vigor el 31 de marzo de 2020 y
mantendrán su vigencia en tanto en cuanto perdure el estado de alarma, siempre y
cuando no se dicten otras medidas que resulten incompatibles con lo establecido en el
presente Bando.