Barakaldo paraliza la implantación de nuevos crematorios en la localidad

La suspensión temporal permitirá al consistorio trabajar en el PGOU, incorporando una regulación detallada sobre la ubicación de instalaciones funerarias de este tipo, así como los requisitos técnicos y medioambientales que deberán cumplir.

Asimismo, “se entiende que la legislación sobre salud mortuoria del Gobierno Vasco debería de adaptarse a las recomendaciones, recogidas, en la Guía de Consenso sobre la Salud Mortuoria del Ministerio de Sanidad en la que ha participado los técnicos del Ejecutivo vasco”.

Ahí se indica que “no deberá haber núcleos poblacionales o espacios vulnerables en el radio de 200 metros a partir del foco de emisión que constituye la chimenea del crematorio, entendiendo como espacios vulnerables aquellas zonas de residencia o de actividad con una permanencia importante de la población que, por su proximidad al horno crematorio, puede verse afectada por sus emisiones (entre otras, zonas donde hay viviendas o esté previsto que las haya, las residencias de la tercera edad, los centros sanitarios y educativos, los parques infantiles o las instalaciones deportivas)”.

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