Hoy se abre el plazo de solicitud para 94 Viviendas de Protección Oficial en Ortuella

El régimen de cesión de estas viviendas de Peñota será el arrendamiento.

Es requisito indispensable para acceder a estos inmuebles estar de alta como demandante de vivienda en alquiler en el Registro de Solicitantes de Vivienda en Ortuella o en cualquiera de los municipios que comprenden el área funcional del Bilbao Metropolitano (Abanto, Alonsotegi, Arrankudiaga, Arrigorriaga, Barakaldo, Barrika, Basauri, Berango, Bilbao, Derio, Erandio, Etxebarri, Galdakao, Getxo, Gorliz, Larrabetzu, Leioa, Lemoiz, Lezama, Loiu, Muskiz, Ortuella, Plentzia, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Sondika, Sopela, Ugao-Miraballes, Urduliz, Trapagaran, Zamudio, Zaratamo, Zeberio y Zierbena).

En cualquier caso, las personas que participan en el cupo de movilidad reducida podrán participar cualquiera que sea el municipio de demanda.

 Al menos una de las personas titulares de la solicitud debe estar empadronada en la Comunidad Autónoma del País Vasco con una antigüedad mínima de 3 años continuados .

Se requieren también ingresos ponderados entre 9.000 y 46.463,29 euros en 2025.

En el caso de personas con discapacidad con movilidad reducida, de personas con discapacidad psíquica o de personas víctimas de violencia machista contra las mujeres, no se exigirá acreditar ingresos mínimos.

Tampoco deberán acreditar ingresos las personas que tengan reconocido el derecho subjetivo a una vivienda.

Para el acceso en alquiler, se tendrán en cuenta como perceptoras de ingresos computables a todas aquellas personas mayores de edad cuya capacidad no haya sido modificada judicialmente y que formen parte de la unidad convivencial.

Los demandantes deberán pertenecer a unidades convivenciales de no más de 6 miembros.

Todas las personas que constituyen la unidad convivencial deben carecer de vivienda en propiedad, derecho de superficie o usufructo.

Del total de 94 viviendas a adjudicar, se reservarán los siguientes cupos:

a) 4 viviendas adaptadas para personas con discapacidad con movilidad reducida de carácter permanente.

b) 90 viviendas para el resto de solicitantes, que se distribuirán en los siguientes cupos:

– 36 viviendas (el 40 % de las viviendas a adjudicar en esta promoción) para unidades convivenciales en las que al menos una de las personas titulares tenga menos de 36 años.

– 19 viviendas (el 21,11 % de las viviendas a adjudicar en esta promoción) para solicitantes que tengan reconocido el derecho subjetivo de acceso a la ocupación legal de una vivienda digna .

– 15 viviendas (el 16,67 % de las viviendas a adjudicar en esta promoción) para personas que acrediten tener especial necesidad de vivienda.

– 20 viviendas (el 22,22 % de las viviendas a adjudicar en esta promoción) para personas adscritas al cupo general.

Las personas que cumplan los requisitos establecidos deberán presentar la solicitud correspondiente entre el 30 de septiembre y el 30 de octubre de 2026 (ambos inclusive) por alguna de estas vías:

– Telemáticamente: en http://www.etxebide.euskadi.eus

– En Zuzenean (se recomienda pedir cita previa), calle Gran Vía, 85, bajo. 48011 – Bilbao.

– Por correo postal: en la Delegación Territorial de Vivienda de Bizkaia, calle Gran Vía, 85, 6.º piso. 48011 – Bilbao. Se recomienda utilizar correo administrativo para que conste la fecha de entrega de la oficina de correos.

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